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    Hola! Soy Joana Robles Muñoz ASESORA PERSONAL 722 242 431 Lun a Ju: mañanas 9:00-13:00 y tardes 16:00-18:00h
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    Hola! Soy Cristina Barra Ruiz ASESORA PERSONAL 722 230 389 Lun a Ju: mañanas 9:00-13:00 y tardes 16:00-18:00h
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SEGURO DE ALQUILER DE VIVIENDA

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Preguntas frecuentes sobre el seguro de Alquiler Protegido Vivienda

  • ¿Cuándo debo comunicar a Mussap que el inquilino no me paga el alquiler?

    Tan pronto como se produzca el primer impago. Si te paga enseguida y no hace falta que hagamos nada, archivaremos el caso y ya está, pero no esperes a comunicarnos el impago cuando hayan pasado varios meses.

  • ¿Puedo cobrar mientras se está tramitando el expediente?

    Sí. Mientras se tramita el expediente, puedes solicitar un adelanto. Hazlo saber a tu asesor personal y él te dirá cómo se tiene que hacer.

  • ¿El seguro de alquiler debe contratarse en el momento en que entra un inquilino nuevo o puede hacerse aunque el inquilino ya lleve tiempo en la vivienda?

    Puede hacerse en ambos casos. No hace falta que sea en el momento en que entre un nuevo inquilino.

  • ¿Los actos de vandalismo incluyen también el contenido?

    Sí. El seguro de Alquiler Protegido te cubre los desperfectos que un acto vandálico haya podido ocasionar tanto a elementos del continente (paredes, puertas, etc.) como al contenido que sea de tu propiedad.

  • ¿Qué es la asistencia jurídica?

    En caso de que se produzca el impago del alquiler, Mussap se hará cargo de todas las gestiones administrativas y judiciales para hacer la reclamación.

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