Hacer que te sientas seguro está en nuestro ADN.
Con Mussap contarás con la cobertura más completa contra aquellos riesgos que realmente te puedan afectar.
¡Descubre más!

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Un asesor se pondrá en contacto contigo.
| ¿Cuándo debo comunicar a Mussap que el inquilino no me paga el alquiler? |
En cuanto se produzca el primer impago. Si paga de inmediato y no es necesario intervenir, archivaremos el caso, pero no esperes a comunicarnos el impago cuando ya hayan pasado varios meses.
| ¿El seguro de alquiler debe contratarse en el momento en que entra un nuevo inquilino o puede hacerse aunque el inquilino ya lleve tiempo en la vivienda? |
Puede hacerse en ambos casos. No es necesario que coincida con el momento en que entra un nuevo inquilino.
| ¿Los actos de vandalismo incluyen también el contenido? |
Sí. El seguro de Alquiler Protegido cubre los desperfectos que un acto de vandalismo haya podido ocasionar tanto a elementos del continente (paredes, puertas, etc.) como al contenido que sea de tu propiedad.
| ¿Puedo asegurar el alquiler de una vivienda que se destina a segunda residencia? |
No, el seguro de alquiler de Mussap es para viviendas que se destinen a primera residencia, incluso con contratos cortos, pero de mínimo 9 meses.
| ¿Qué es la asistencia jurídica? |
En caso de que se produzca el impago del alquiler, Mussap se hace cargo de todas las gestiones administrativas y judiciales para realizar la reclamación.