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Daños a terceros

Cobertura obligatoria y ampliación voluntaria para cubrir los daños que puedas causar a terceros.

Daños a la embarcación

Cubrimos los daños por colisión, entrada de cuerpo extraño al motor y más.

Embarcaciones fondeadas

Cubrimos los daños de la embarcación mientras está amarrada a boya frente a playas o puertos del mediterráneo.

Cobertura Embarcacions Nou

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BÁSICO
Responsabilidad civil obligatoria
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PREMIUM
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Averías particulares
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Robo

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Transparentes y éticos

Somos una aseguradora ética, solidaria y sostenible certificada por el distintivo de calidad EthSI.

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FAQS EMBARCACIONS DE LLEURE

¿Tienes alguna duda?

  • Soy residente en España pero mi embarcación tiene pabellón extranjero. ¿Puedo contratar el seguro con Mussap?

    Sí. La condición es que el contratante sea residente en el Estado Español; si es así, puede contratar el seguro aunque su embarcación tenga pabellón extranjero.

  • Mi barco dispone de una embarcación auxiliar. ¿Tengo que contratar dos seguros?

    No es necesario. Cuando realices el seguro del barco, indícanos que dispones de una embarcación auxiliar y lo haremos constar en la póliza.

  • ¿Puedo cubrir los daños que sufra mi propia embarcación?

    Sí, puedes cubrir solo la Pérdida Total, o la Pérdida Total y además Daños Propios.
    Si optas por la Pérdida Total, el seguro cubrirá tu embarcación en caso de que se produzca un siniestro que cause su destrucción completa o cuya reparación suponga más del 75% de su valor.
    Si contratas Pérdida Total y Daños Propios, tendrás cubiertos además los daños parciales tanto de la embarcación como del motor.

  • ¿En qué casos se cubren los daños a la embarcación?

    ―Durante la navegación o amarre: Incendio, explosión, caída de rayo, naufragio, hundimiento, varada, golpe de mar a consecuencia de temporal, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, actos vandálicos, daños al motor por entrada accidental de cuerpos extraños, y daños en velas, fundas, aparejos, accesorios, etc.
    ―Durante la estancia en tierra: Durante las operaciones de puesta a flote o varada (puesta en seco). Incendio o explosión en garajes o hangares durante la época de no navegación.
    ―Durante el traslado por carretera: Daños a la embarcación por incendio o explosión, así como daños a consecuencia de accidente del vehículo portador.

  • Tengo una barca y en verano la tengo amarrada en una boya cerca de una playa de Menorca.
    ¿Tendré cubiertos los daños que pueda sufrir?

    Sí. Disponemos de la cobertura opcional “Cláusula Amarre” diseñada precisamente para este supuesto: embarcaciones amarradas en boya durante el verano frente a puertos o playas de las Islas Baleares y del arco mediterráneo español.

  • En una ocasión tuve una avería lejos de mi lugar de residencia. Si me volviera a pasar,
    ¿el seguro de Mussap me daría algún tipo de servicio o ayuda?

    Sí, a través de nuestra cobertura opcional de Asistencia en Viaje. No solo cubriremos los gastos de remolque de la embarcación si fuera necesario, sino que, si estás lejos de casa y la embarcación debe estar inmovilizada un mínimo de dos días, organizaremos tu regreso (coche de alquiler o el medio de transporte más apropiado). Si necesitas alojamiento, también lo organizamos. Además, cuando la embarcación esté reparada, te proporcionaremos el transporte necesario para ir a recogerla. En caso de accidente con heridos, también dispondrás de gastos médicos si estás en el extranjero y traslado sanitario.

  • ¿Qué embarcaciones no se pueden asegurar?

    Cualquiera que no tenga un uso privado (transporte de mercancías, transporte público, etc.). Tampoco aseguramos motos acuáticas, patinetes y otras embarcaciones de playa, flyboards y similares.

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